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Documento BOE-B-2020-36830

RESOLUCIÓN de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica denominada PROYECTO EJECUCIÓN LAAT 132KV D/C ÍLLORA-LÁCHAR (GRANADA), se declara en concreto la utilidad pública del proyecto, y se convoca a los afectados para el levantamiento de actas previas, y si procede definitivas, de ocupación. Exp. Núm. 13.809/AT y AAU/GR/028/18.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de octubre de 2020, páginas 49020 a 49029 (10 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2020-36830

TEXTO

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 11 de junio de 2018, la empresa DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA BERMEJALES, S.L., CIF B-18045666 y con domicilio a efectos de notificaciones en calle Santa Lucía, nº 1 K, CP 18194, Churriana de la Vega, Granada, solicitó la Autorización Administrativa Previa y de Construcción del Proyecto de Ejecución LAAT 132KV D/C ÍLLORA - LÁCHAR, que afecta a los tt.mm. Íllora, Pinos Puente y Láchar, en la provincia de Granada.

Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, acreditación de la capacidad legal, técnica y económica-financiera, proyecto de la instalación y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

SEGUNDO.- El 22 de marzo de 2019, Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.L., presenta Anexo de modificación del proyecto LAAT 132KV D/C ÍLLORA - LÁCHAR (GRANADA), adjuntando las respectivas separatas para su remisión a los organismos afectados. El 17 de enero de 2020, Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.L., presenta el proyecto completo y actualizado con la modificación de la línea alta tensión D/C 132 KV Íllora - Lachar.

TERCERO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOJA nº 241 de 14 de diciembre de 2018, por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo sostenible de la solicitud de autorización ambiental unificada, siendo valoradas las alegaciones presentadas por dicho organismo y en el BOP n.º 138 de 20 de julio de 2018 y nº 78 de 26 de abril de 2019, por esta Delegación, se presentaron las siguientes alegaciones:

• Titular de las parcelas 86, 87 del polígono 35 y 14 del polígono 36 del t.m. Pinos Puente.

• Titular de la parcela 210 polígono 16 del t.m. Íllora.

• Comunidad de propietarios sita en los parajes "Barrio Hondo" y "Loma del Conejo" del polígono 35 del t.m. Pinos Puente.

Trasladadas las alegaciones, la empresa DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA BERMEJALES, S.L., ha contestado en el mismo sentido a las mismas, que el trazado propuesto no cumple de forma conjunta con las condiciones establecidas en el artículo 161 del R.D 1955/2000 y que el diseño propuesto por la empresa ha atendido únicamente a criterios técnicos y reglamentarios, urbanísticos y medioambientales, no procede reproducir íntegramente el resto del texto por economía procedimental y el mismo, obra íntegramente en el expediente de referencia.

CUARTO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Íllora, Ayuntamiento de Pinos Puente, Ayuntamiento de Láchar, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Granada, Red Eléctrica de España, S.A., Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., Servicio de Carreteras de la Delegación de Obras Públicas y Vivienda en la Diputación de Granada y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento, que emitieron contestación la cual fue remitida al peticionario y aceptada o tras reiteración de la petición de informe según los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000 y pasados diez días no emitieron contestación, con lo que se entiende que no tienen objeción o condición que formular.

QUINTO.- Constan asimismo en el expediente, los informes de compatibilidad urbanística favorables emitidos por el Ayuntamiento de Íllora, Ayuntamiento de Pinos Puente y Ayuntamiento de Láchar.

SEXTO.- El 16 de octubre de 2019 se recibe en esta Delegación la Resolución por la que se otorga Autorización Ambiental Unificada al proyecto "Línea Aérea de Alta Tensión a 132 KV D/C, de ÍLLORA a LÁCHAR", en los tt.mm. de Íllora, Pinos Puente y Láchar (Granada), emitida por la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de fecha 14 de octubre 2019, con N.º expediente AAU/GR/028/18, por el que se otorga Autorización Ambiental Unificada a DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA BERMEJALES, S.L., para las actuaciones contempladas en el proyecto de ejecución de de la línea aérea de alta tensión a 132KV en los términos municipales de Íllora, Pinos Puente y Láchar y el 11 de septiembre de 2020 se recibe en esta Delegación Resolución de la delegación Territorial en Granada de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente por la que se considera modificación no sustancial la modificación del trazado en dos tramos y la conversión en línea subterránea de un tercero y se emite evaluación de impacto ambiental VIABLE a la realización de las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dichos Informes.

SÉPTIMO.- En lo referente a la Declaración de Utilidad Pública del Proyecto, el 17 de enero de 2020, la empresa presenta la solicitud de reconocimiento en concreto de la utilidad pública del proyecto de la "Línea Aéro-subterránea de Alta Tensión a 132/ kV D/C de Íllora y Láchar", en los términos municipales de Íllora, Pinos Puente y Láchar (Granada), junto con separata para el trámite de información pública de la declaración en concreto de utilidad pública y la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto.

De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, se dicta el día 8 de julio de 2020, por la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, Anuncio por el que se somete a información pública la solicitud de reconocimiento en concreto de la utilidad pública de la instalación, junto con la documentación técnica obrante en el expediente, durante el plazo de treinta días, mediante la inserción de anuncio, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados en el procedimiento, en el Boletín Oficial del Estado (BOE número 196, de fecha 18 de julio de 2020), Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 149, de fecha 4 de agosto de 2020), Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP núm 115, de fecha 24 de julio de 2020) y Diario Ideal de Granada de fecha 5 de agosto de 2020. Asimismo, dicho Anuncio se publicó en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Pinos Puente, Illora y Láchar (Granada).

Dicha información estuvo a disposición de la ciudadanía a través del Portal de Participación de la Junta de Andalucía, en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/201222.html

Finalizado el trámite de información pública, no consta en el expediente que se hayan presentado alegaciones al mismo.

El día 13 de julio de 2020, Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.L., presenta escrito corrigiendo erratas en la relación de bienes y derechos afectados por la instalación.

Todos estos documentos obran en el expediente y no procede su transcripción íntegra por economía procedimental.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es competente para aprobar la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto referenciado, así como la declaración en concreto de utilidad pública, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, Industria y Energía; el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por la disposición final sexta el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior; así como la Resolución de 9 de marzo de 2016 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

SEGUNDO.- La Autorización Administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en el Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

TERCERO.- El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación Territorial, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

CUARTO.- El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas está regulado en el Capítulo V de Título VII del Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en los artículos 54 al 60 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En cuanto a la expropiación y servidumbres son de aplicación los artículos 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En cuanto a los efectos de la declaración de utilidad pública, el artículo 149 dice así:

"1. La declaración de utilidad pública llevará implícita, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa (...)"

Declarada la utilidad pública de la instalación, se iniciarán las actuaciones expropiatorias, conforme al procedimiento de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, siendo de aplicación el plazo de un mes para la notificación a los interesados afectados y a las publicaciones a las que se refiere el apartado 2 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, procediéndose a la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la misma y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o a la constitución de la correspondiente servidumbre de paso.

Asimismo, cabe acumular tanto la declaración de utilidad pública como la convocatoria para el levantamiento de las actas, al ser esta última consecuencia necesaria de la declaración de utilidad pública, y además por coincidir los boletines en que deben publicarse ambos. Y ello en virtud de los artículos 52 de la Ley de Expropiación como el artículo 148 del Real Decreto 1955/2000; el primero de ellos al disponer que «...con la misma anticipación se publicarán edictos en los tablones oficiales, y, en resumen, en el Boletín Oficial del Estado y en el de la provincia, en un periódico de la localidad y en dos diarios de la capital de la provincia, si los hubiere». Y el segundo de ellos, respecto a la resolución, dispone que «se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Boletín Oficial de la provincia o provincias afectadas».

QUINTO.- En cuanto al alcance y efectos de la expropiación, la servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable.

La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.

La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.

Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario.

Resultando de aplicación lo establecido en los artículos 57 a 60 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como lo establecido al respecto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y demás normas de desarrollo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada,

RESUELVE

PRIMERO.- Conceder la Autorización Administrativa Previa y la Autorización Administrativa de Construcción de la instalación eléctrica que se cita.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA BERMEJALES, S.L., con domicilio a efecto de notificaciones en calle Santa Lucía nº 1 K, CP 18194, Churriana de la Vega, Granada, CIF: B-18045666.

Objeto de la Petición: Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de la instalación denominada PROYECTO EJECUCIÓN LÍNEA ALTA TENSIÓN D/C 132KV ÍLLORA - LÁCHAR, en los tt.mm. Íllora, Pinos Puente y Láchar en la provincia de Granada.

Características: Línea nueva de alta tensión D/C 132KV, dividida en tres tramos unidos entre sí con una disposición aéreo-subterránea-aéreo, con las siguientes coordenadas UTM, huso 30:

Tramo 1 aéreo: inicio [421662.41, 4121786.75] fin [424249.24, 4116467.09].

Tramo 2 subterráneo: inicio [424249.24, 4116467.09] fin [424196.00, 4116169.50].

Tramo 3 aéreo: inicio [424196.00, 4116169.50] fin [426535.53, 4114536.70].

Con una longitud total de 9.840,07m, siendo la línea aérea de alta tensión de 9.459,24m y la línea subterránea de alta tensión de 380,83m.

La línea aérea de alta tensión, doble circuito, tensión máxima de servicio 132KV, frecuencia 50Hz, factor de potencia 1, corriente alterna-trifásica, conductor LA-280 (aluminio-acero 281,8mm2), nº de apoyos metálicos y galvanizados 36, nº de vanos 34, conductor de tierra óptico OPGW48, los apoyos llevarán cadenas de aislamiento de tipo polimérico.

La línea subterránea de alta tensión, se realiza la conversión de aérea a subterránea en el apoyo nº 23, discurre hasta convertirse en aéreo en el apoyo nº 24, nº total de terminales y de pararrayos autoválvulas 12, al no estar construida la SE de Láchar se realiza otra conversión aérea subterránea que conecta la línea DC con la SE de Escúzar.

Está línea de alta tensión afecta los tt.mm. de Íllora, Pinos Puente y Láchar, en la provincia de Granada.

Presupuesto: 828.986,73 €.

Finalidad: Mejorar la calidad del suministro de energía eléctrica.

SEGUNDO.- La autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los organismos afectados.

2. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a contar desde el levantamiento de Actas Previas de Ocupación, en caso de no ser necesario el trámite anterior el plazo se contabiliza desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, debiendo ser iniciada dentro de los 6 meses siguientes a dicha fecha. La empresa queda obligada a comunicar a esta Delegación de Gobierno la fecha de inicio de las obras.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación de Gobierno en Granada, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

TERCERO.- A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.

CUARTO.- Declarar la Utilidad Pública en Concreto de la instalación Línea Aéro-subterránea de Alta Tensión a 132/ kV D/C de Íllora y Láchar en los términos municipales de Íllora, Pinos Puente y Láchar, en la provincia de Granada, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos, de acuerdo con el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

QUINTO.- Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación forzosa respecto a los bienes y derechos afectados reseñados en el Anexo I de los que no consta en el expediente acuerdos de la respectiva Empresa beneficiaria con los propietarios, a los efectos necesarios.

En el expediente de esta expropiación, figura como empresa beneficiaria DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA BERMEJALES, S.L., con domicilio a efecto de notificaciones en calle Santa Lucía nº 1 K, CP 18194, Churriana de la Vega, Granada, CIF: B-18045666.

El procedimiento expropiatorio se tramitará por la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea.

SEXTO.- Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan el día y hora señalados, en el Ayuntamiento del término municipal que figura en la relación anexa a esta Resolución, en cuyo término municipal radican las fincas afectadas, para de conformidad con el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, llevar a cabo el levantamiento del acta previa a la ocupación y, si procediera, el de ocupación definitiva.

Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente, con igual horario; salvo en el caso de que se establezca otro día y horario, mediante acuerdo previamente notificado a los interesados.

A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo acompañarse, a su costa, de perito/s y un notario, si lo estiman oportuno.

SÉPTIMO.- Esta Resolución se notificará al peticionario, a los titulares de los bienes y derechos afectados por la declaración en concreto de utilidad pública, publicándose además en el BOP de Granada, en el BOJA, en el BOE, en el tablón de anuncios del municipio donde radican los bienes a expropiar, así como en dos periódicos de tirada provincial, señalando que las citadas publicaciones se realizaran igualmente a los efectos que determina los artículos 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de UN (1) MES contado a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad impugnatoria prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.

ANEXO I. RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LA LINEA AÉREO-SUBTERRÁNEA DE ALTA TENSIÓN A 132 KV, DE ÍLLORA A LÁCHAR.

CALENDARIO DE CITACIONES PARA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN. EXPTE: 13.809/AT

AYUNTAMIENTO DE ÍLLORA (GRANADA). DÍA 19 DE NOVIEMBRE DE 2020

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE (GRANADA). DÍA 20 DE NOVIEMBRE DE 2020

Nº orden

Titular

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Apoyos. Nº apoyo

Apoyos. Ocupación Superficie (m²)

Servidumbre vuelo + zona seguridad. longitud vuelo (m)

Servidumbre vuelo + Zona seguridad. ocupación superficie (m²)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. longitud zanja (m)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. ocupación superficie (m²)

Ocupación temporal para obras (m²)

Servidumbre de paso para accesos (m²)

Hora

16

Herederos de Isabel Nieto Jiménez

18161B035000860000YT

35

86

12, 13 (1/2)

8

425

9.852

96

3.506

9:00

17

Isabel María Ruiz Nieto;

María Begoña Ruiz Nieto;

Eduardo Mariano Ruiz Nieto;

Miguel Ángel Ruiz Nieto

18161B035000870000YF

35

87

13 (1/2), 14, 15

19

858

21.725

160

2.042

9:20

21

Herederos de Manuel Rodriguez Cárdenas;

Mercedes Martín Maldonado

18161A036000180000SA

36

18

12

492

9:40

23

Isabel María Ruiz Nieto;

María Begoña Ruiz Nieto;

Eduardo Mariano Ruiz Nieto;

Miguel Ángel Ruiz Nieto

18161B036000140000YZ

36

14

54

2.197

948

10:00

24

José Luis Ariza González

18161B036000170000YW

36

17

16

9

312

7.818

64

112

10:20

26

José Luis Ariza González

18161B036000160000YH

36

16

126

3.587

10:40

AYUNTAMIENTO DE LÁCHAR (GRANADA). DÍA 23 DE NOVIEMBRE DE 2020

Nº orden

Titular

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Apoyos. Nº apoyo

Apoyos. Ocupación Superficie (m²)

Servidumbre vuelo + zona seguridad. longitud vuelo (m)

Servidumbre vuelo + Zona seguridad. ocupación superficie (m²)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. longitud zanja (m)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. ocupación superficie (m²)

Ocupación temporal para obras (m²)

Servidumbre de paso para accesos (m²)

Hora

29

Jose María Ruiz Ojeda García Escudero

18117A001000010000AQ

1

1

17

70

60

1.102

64

48

9:00

31

Julio Almendros Jiménez

18117A001000030000AL

1

3

37

776

720

9:20

32

Antonio Garcia Rivas y Hermanos

18117A001000060000AM

1

6

24

552

9:40

33

Maria Mercedes Garcia Cascales

18117A001000070000AO

1

7

23

573

10:00

34

Victoria Ruiz Segovia

18117A001000080000AK

1

8

35

926

10:20

35

Blas Francisco Perez Gordo

18117A001000110000AK

1

11

42

1.124

10:40

45

Blas Francisco Perez Gordo

18117A001000540000AZ

1

54

19

30

50

893

64

324

10:40

46

Blas Francisco Perez Gordo

18117A001000550000AU

1

55

52

970

10:40

36

Manuel Romero Suarez

18117A001000120000AR

1

12

92

2.188

11:00

37

Santiago José Sáez Muñoz

18117A001000150000AI

1

15

18

5

55

990

64

285

11:20

38

Santiago José Sáez Muñoz

18117A001000180000AS

1

18

66

1.469

11:20

40

Andrés Saavedra Saavedra

18117A001000510000AJ

1

51

52

1.267

11:40

41

Miguel Muñoz Sanchez

18117A001000500000AI

1

50

13

329

12:00

43

Natalia Rivas Rodriguez

18117A001000520000AE

1

52

11

284

12:20

44

Antonio Jiménez Perez

18117A001000530000AS

1

53

68

1.409

12:40

47

Manuela Heredia Heredia y Herederos

18117A001000560000AH

1

56

6

279

13:00

48

Manuel Martín Casares

18117A001002690000AX

1

269

53

1.250

13:20

50

Francisco Núñez Cantero

18117A001002660000AK

1

266

78

1.688

13:40

AYUNTAMIENTO DE LÁCHAR (GRANADA). DÍA 24 DE NOVIEMBRE DE 2020

Nº orden

Titular

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Apoyos. Nº apoyo

Apoyos. Ocupación Superficie (m²)

Servidumbre vuelo + zona seguridad. longitud vuelo (m)

Servidumbre vuelo + Zona seguridad. ocupación supeficie (m²)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. longitud zanja (m)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. ocupación superficie (m²)

Ocupación temporal para obras (m²)

Servidumbre de paso para accesos (m²)

Hora

53

Ismael Perez Esteban

18117A001002640000AM

1

264

112

2.160

9:00

54

Carmen Mejías Cañadas

18117A001002630000AF

1

263

10

486

84

9:20

56

Herederos de Dolores Guerrero Capilla

18117A002000160000AO

2

16

22 (1/2)

2

106

1.978

32

320

9:40

57

En Investigación

18117A002000150000AM

2

15

21

6

178

3.405

64

452

10:00

58

Juan Antonio Fernández Fernández

18117A002000850000AR

2

85

22 (1/2)

2

55

957

32

10:20

60

Juan Manuel Capilla de Haro

18117A002000860000AD

2

86

23

45

47

806

174

418

64

848

10:40

61

Sat 3611 Sat en Liquidación

18117A002000540000AD

2

54

24

40

161

3.070

134

233

64

2.188

11:00

62

Sat 3611 Sat en Liquidación

18117A002000530000AR

2

53

25

4

180

3.737

64

76

11:00

63

Sat 3611 Sat en Liquidación

18117A002000520000AK

2

52

26

6

107

2.040

64

264

11:00

64

Guadaber, S.L.

18117A002000510000AO

2

51

57

1.284

11:20

66

José Antonio Gámez Jiménez

18117A002000440000AL

2

44

27

5

360

8.504

64

742

11:40

67

Francisco Reyes Suarez

18117A002000430000AP

2

43

28

4

151

2.986

64

722

12:00

69

Manuel Molina Reyes

18117A003000990000AE

3

99

63

1.582

12:20

71

Julio Almendros Jiménez

18117A003000580000AK

3

58

41

1.033

12:40

72

Julio González Granados

18117A003000590000AR

3

59

29

5

206

4.454

64

704

13:00

73

Antonio Felipe Cobos Perez

18117A003004560000AH

3

456

124

3.202

13:20

AYUNTAMIENTO DE LÁCHAR (GRANADA). DÍA 25 DE NOVIEMBRE DE 2020

Nº orden

Titular

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Apoyos. Nº apoyo

Apoyos. Ocupación Superficie (m²)

Servidumbre vuelo + zona seguridad. longitud vuelo (m)

Servidumbre vuelo + Zona seguridad. ocupación supeficie (m²)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. longitud zanja (m)

Zanja para trazado subterráneo + seguridad. ocupación superficie (m²)

Ocupación temporal para obras (m²)

Servidumbre de paso para accesos (m²)

Hora

74

José Manuel González Granados

18117A003004570000AW

3

457

30

4

117

2.255

64

392

9:00

75

Alberto González Granados

18117A003004580000AA

3

458

130

3.040

9:20

76

Hermenegildo Marqués Cano

18117A003000600000AO

3

60

31, 32

10

363

7.236

128

1.132

9:40

77

Josefa Tejera Revelles

18117A003000860000AT

3

86

106

2.429

10:00

79

María Lourdes Molino Chinchilla

18117A003000800000AB

3

80

0

47

10:20

80

Manuel Moyao Jiménez

18117A003000810000AY

3

81

33 (1/2)

23

73

1.411

32

142

10:40

81

José Reyes Santaella

18117A003000820000AG

3

82

33 (1/2)

23

120

2.489

32

142

11:00

82

Jorge Enrique Berlango Romero

18117A003000770000AB

3

77

34 (1/2)

20

127

2.790

32

128

11:20

83

Luis Muela Muela

18117A003000740000AH

3

74

34 (1/2)

20

270

6.361

32

1.180

11:40

85

Olivos de Granada, SL

18117A003000680000AS

3

68

35

35

195

4.631

64

28

12:00

86

José Antonio Fernandez Garcia

18117A003000710000AS

3

71

36

55

113

2.558

75

181

64

508

12:20

Granada, 28 de septiembre de 2020.- Delegado del Gobierno, Pablo García Pérez.

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