Edicto
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga, anuncia:
Que en el procedimiento concursal Apertura Sección 1578.05/10 se ha dictado auto el 13 de febrero 2020 por el que se declara íntegramente cumplido el convenio aprobado en el concurso de acreedores de Saproven SL con CIF N.º B29075892. Dicha resolución es firme, dice literalmente en el fallo lo siguiente:
Parte dispositiva
Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación, el Ilmo. sr. D.º Francisco García Valverde, Magistrado-Juez sustituto del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, Acuerda:
1.- Declarar cumplido íntegramente el Convenio aprobado por Sentencia n.º 234/2018 de fecha 18/julio/2018 de la concursada Saproven, S.L.
2.- Dése a la presente resolución la misma publicidad que a la aprobación del convenio (arts. 132, 23 y 24 LC).
3.- Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del Juez la declaración de incumplimiento, pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales.
Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante éste Juzgado en el plazo de cinco días (art. 197.3 LC y arts. 451 y ss LECivil).
Así por este su Auto, lo acuerda, manda y firma S.S.; doy fe
Málaga, 13 de octubre de 2020.- El/la letrado/a de la Administración de Justicia, José María Casasola Diaz.
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