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Documento BOE-B-2020-37845

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de octubre de 2020, páginas 50276 a 50276 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-37845

TEXTO

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000451/2020, seguido a instancias del procurador D. Francisco Javier Arrtiles Martínez, en nombre y representación de Distribuidora Roigcar, S.L., se ha dictado auto el día 5 de octubre de 2020, complementado por otro de 8 de octubre de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Distribuidora Roigcar, S.L., con CIF n.º B35245836, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el registro público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el boletín oficial del estado

Se designan como administradores del concurso a D. Miguel Ángel Ramírez Delgado, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avenida Alcalde José Ramírez Bethencourt, 6, local a, 35003 Las Palmas de Gran Canaria, con teléfonos 928297014 y 650157811 y fax 928628759, así como dirección electrónica maramirez@marauditores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 lc.). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

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