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Documento BOE-B-2020-38086

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de octubre de 2020, páginas 50650 a 50650 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-38086

TEXTO

Doña María Isabel Collado Cordero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el 220 /2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0002792, se ha dictado en fecha 9 de octubre de 2020 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de la fase de liquidación del deudor Daniel Lolo Martín, con DNI nº 07222832-G, cuyo domicilio tiene en calle Eras nº 11, Piso B de Almendral de la Cañada (Toledo).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Letrado don Alberto Marcelino Sánchez Sánchez con DNI nº 50447447-Y, con domicilio postal en calle Moscú nº 457, 45600, Talavera de la Reina (Toledo) y dirección electrónica señalada alberto@sanchezysanchez.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previstos en los artículos 255, 256, 257 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el deudor.

El Administrador concursal y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Toledo, 22 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Collado Cordero.

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