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Documento BOE-B-2020-39380

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de noviembre de 2020, páginas 52320 a 52320 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-39380

TEXTO

EDICTO

Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil nº. 3 de Alicante con sede en Elche, anuncia:

Que en el Concurso de Acreedores núm. 000323/2011 referente a la mercantil Ilicitana de Demoliciones y Excavaciones, S.A.U., con CIF nº A-03192622, por auto de fecha 13 de octubre de 2020 se ha acordado lo siguiente:

1º.- Se declara concluido el concurso de acreedores de la mercantil Ilicitana de Demoliciones y Excavaciones, S.A.U., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2º.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el Administrador concursal en su cargo.

3º.- Se acuerda la extinción de Ilicitana de Demoliciones y Excavaciones, S.A.U., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción.

4º.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (artículo 505.1 TRLC).

5º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al artículo 479.2 TRLC.

Elche, 14 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don Jorge Cuéllar Otón.

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