Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-39399

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de noviembre de 2020, páginas 52339 a 52339 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-39399

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el concurso necesario num.284/11, seguido contra RUFUJA, S.L., con cif núm. B18650333 por auto de fecha 29 de octubre de 2020 se ha resuelto:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de RUFUJA, S.L., con CIF B-18650333. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de RUFUJA, S.L., con CIF B-18650333.

Requiérase a la Administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (artículo 481 TRLC (177 LC)).

Granada, 29 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendíez Barrando.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid