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Documento BOE-B-2020-39534

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 6 de noviembre de 2020, páginas 52528 a 52528 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-39534

TEXTO

Don Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1573 /2020. Sección: E.

NIG: 0801947120208017094.

Fecha del auto de declaración. 30/09/2020.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Gloria Núñez González, con 77107099J.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Elvira Castañón García-Alix. Dirección postal: Calle Francesc Macia, 3, pral. 1.ª, 08021 Barcelona. Dirección electrónica:elviracastanon@bcnabogados.es

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 dias para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicaré telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111 ( Edifici C)-Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 15 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Rafael Huerta García.

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