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Documento BOE-B-2020-3981

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2020, páginas 5236 a 5236 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-3981

TEXTO

Don Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 2177/2019 Sección: E

NIG: 0801947120198023482

Fecha del auto de declaración. 8 de noviembre de 2019.

Clase de concurso. voluntario

Entidad concursada. María Isabel Santos Ballesteros, con 38070119J

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Joan Alis Gabernet

Dirección postal: Calle Julián Romea 6, planta baja, 08006- Barcelona

Dirección electrónica: joanalis@icab.cat

Se ha abierto la sección 5.ª de liquidación y se ha presentado el plan de liquidación por lo que se concede el plazo contemplado para la comunicación de créditos para la presentación de alegaciones al mismo.

Se ha presentado también el informe previsto en artículo 75 de Ley concursal por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de los créditos

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Régimen de las facultades del concursado.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial // en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 25 de noviembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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