Contido non dispoñible en galego
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1389/2020, por auto de fecha 3 de noviembre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario consecutivo al deudor ROSNOC, S.L., con C.I.F. B83682153, con domicilio en calle de Cobos de Segovia nº 7 de Madrid.
2º.- Que el deudor queda suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador Concursal, mediante su autorización o conformidad.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 257 del T.R.L.C. por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado:
D. Jose Luis Díaz Echegaray, con domicilio en calle Duque de Sesto números 11 y 13, 1º, de 28009 Madrid, y correo electrónico: joseluis@diazechegaray.com
4º. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 T.R.L.C.).
6ª.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
Madrid, 4 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
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