Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-40548

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 11 de noviembre de 2020, páginas 53771 a 53772 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-40548

TEXTO

Edicto

Don Carlos Aymerich Rojas, Letrado de la Administración de Justicia en funciones de sustitución del Juzgado Mercantil número 1de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal Necesario Abreviado n.º 562/2018, de la entidad PRIVERCAN, S.L., CIF B38690434, se ha dictado Auto n.º 313/2019, de fecha 10/9/2019, por Don Nestor Padilla Díaz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"1.- Declaro el concurso necesario de carácter abreviado de la entidad PRIVERCAN, S.L., CIF B-38690434, inscrita en la Hoja Tf-29458, Tomo 2368, Folio 67 del Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife.

2.- Que debo acordar la conclusión del presente concurso por insuficiencia de masa.

3.- El extracto de la declaración y conclusión de concurso se publicará, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el "Boletín Oficial del Estado", y contendrá únicamente los datos indispensables para la identificación del concursado, incluyendo su Número de Identificación Fiscal, el juzgado competente, el número de autos y el Número de Identificación General del procedimiento, la fecha del auto de declaración de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 RD 892/13 remítase a través de la aplicación electrónica al Registro Público Concursal para su inscripción en el mismo. No obstante, cuando no sea posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, las mismas serán entregadas al procurador del solicitante del concurso que de inmediato los remitirá al Registro Público Concursal

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad PRIVERCAN, S.L., CIF B-38690434, librando el correspondiente mandamiento al Registro Mercantil.

Entréguense los respectivos oficios a la representación de la promotora para que cuide de su diligenciado y cumplimiento.

Notifíquese el auto a las partes personadas.

Contra la presente cabe, por el deudor y por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial.

El recurso se interpondrá por medido de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, que se computará, para las partes personadas desde la respectiva notificación del auto y para las no personadas desde la publicación del extracto en el BOE. Para la admisión del recurso deberá consignarse previamente la cantidad de 50 euros.

Así por este Auto lo acuerda, manda y firma Néstor Padilla Díaz, Juez de Refuerzo JAT, del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife y su partido. Doy fe."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación GRATUÍTA en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo ) y en el registro Público Concursal, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 11 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Carlos Aymerich Rojas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid