Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-40643

MOLINA DE SEGURA

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 12 de noviembre de 2020, páginas 53945 a 53945 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-40643

TEXTO

EDICTO

Doña Beatriz Fenoll Verdu, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 2 de Molina de Segura, por el presente,

Hago Saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 57/2020 y NIG nº 30027 41 1 2019 0005304, se ha dictado en fecha 15 de octubre de 2020 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo Abreviado del deudor Magdalena Martínez Pineda, con nif numero 29061043Z, con domicilio en calle Estación, 29, Escalera 3, puerta 4, 30.500 Molina de Segura.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a don Juan Carlos del Baño García, con domicilio postal en calle Merced, 12, 1º C, 30001 Murcia y dirección electrónica señalada abogadodelbano@icamur.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- En fecha de 15 de octubre de 2020 se ha dictado auto de apertura de la fase de liquidación.

5º.- Habiendo presentado la deudora concursada plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de diez días para que la Administración Concursal y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- Las resoluciones que traigan su causa del concurso se publicarán en la dirección electrónica del Registro Público Concursal y en el BOE.

7º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina del registro del Juzgado Decano de Molina de Segura.

Molina de Segura, 6 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Beatriz Fenoll Verdu.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid