Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el concurso necesario núm. 393/10, seguido contra VERBIONAT, S.C.A., con CIF núm. F-18625467, por auto de fecha 4 de noviembre de 2020 se ha resuelto:
La conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad VERBIONAT, S.C.A. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.
De conformidad a ello:
Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Cuarto: requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.
Quinto: se acuerda la extinción de VERBIONAT, S.C.A. Líbrese mandamiento al Registro de Cooperativas Andaluzas conteniendo testimonio de la presente resolución al objeto de la inscripción de la cancelación de la cooperativa VERBIONAT, S.C.A.
Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.
Granada, 10 de noviembre de 2020.- Letrada de la Admon. de Justicia, Alicia Pilar Raya García.
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