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Documento BOE-B-2020-42335

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de noviembre de 2020, páginas 56065 a 56065 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-42335

TEXTO

EDICTO

Alfredo Villaescusa García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1501/2020 Sección: 4

NIG: 0801947120208018220

Fecha del auto de declaración. 03 DE NOVIEMBRE DE 2020.

Clase de concurso. CONSECUTIVO.

Entidad concursada. CARLOS SANTIAGO GONZALEZ PAREDES, con DNI 49.457.296-M.

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador Concursal: Jordi Safons Vilanova.

Dirección postal: Avenida Diagonal 442 bis, 08037 - Barcelona

Dirección electrónica: info@compasconcursal.com

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial // en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación a efectos meramente formales. Respecto a la solicitud de conclusión por falta de bienes que liquidar y, por ello, de la no presentación de ningún plan de liquidación, dése traslado a los acreedores por un plazo de 10 días para que puedan formular observaciones. Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del ex art. 75 LC (actual art. 292 TRLC). Dése traslado del mismo a las partes para que puedan impugnarlo en el plazo de 10 días (art. 711 TRLC). Para las partes personadas, dicho plazo se computará desde su notificación por el juzgado, y para los demás legitimados interesados, desde la última de las publicaciones establecidas por la ley.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 5 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Villaescusa García.

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