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Documento BOE-B-2020-42820

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de noviembre de 2020, páginas 56664 a 56665 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-42820

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000255/2012 referente al concursado MAYORAZGO DE SANTA MARINA, S.A., con CIF A39097662, con domicilio en PLAZA PALACIO DE GORRAIZ, 4 bajo de Gorráiz-Valle de Egües (Navarra), por auto de fecha 21 de septiembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

DECIDO:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad MAYORAZGO DE SANTA MARINA, S.A., con CIF A39097662.

2º.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 1592, Folio 107, Hoja NA-31598 (Tomo 511, Folio 21, Hoja S-4246 del Registro Mercantil de Santander). A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

5º.- Dése publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

De conformidad con lo dispuesto en el artº. 8.1 del R.D. 829/13 de 15 de Noviembre por el que se regula el RPC, no siendo hasta el momento posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, entréguese la documentación necesaria para su publicidad en el RPC al Procurador del solicitante del concurso para su inmediata remisión al RPC, haciendo constar que la presente resolución es firme.

6º.- Remítase esta resolución al Boletín Oficial del Estado, para que sea publicada, de forma gratuita y por medio de edicto, a la mayor brevedad, en virtud del art. 482 TRLC.

Entréguense los oficios con los edictos correspondientes, al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión, apercibiéndole de su cumplimentación y remisión de inmediato a los anteriores medios de publicidad acordados.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona y de San Vicente de la Barquera, a fin de que ponga en conocimiento de todos los Juzgados de 1ª Instancia y Social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes TRLC.

RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC)

Pamplona/Iruña, 22 de septiembre de 2020.- El/la Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

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