El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2020, acordó la renovación de la licencia con carácter específico que, para la prestación del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el puerto de Santa Cruz de La Palma, habilita a la entidad ASOCIACIÓN DE AMARRADORES DE BUQUES DE SANTA CRUZ DE LA PALMA, S.L., con CIF número B-38305835 y domicilio en Santa Cruz de La Palma, C/. Aguacencio, 5, Edificio Tulipán, Portal 4; 2º Dcha., de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/352, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos, en el TRLPEMM y en el Pliego de Prescripciones Particulares de dicho servicio, siempre y cuando no contradiga lo establecido en el mencionado Reglamento, lo señalado en la documentación presentada junto a la solicitud formulada y bajo las condiciones establecidas en el título correspondiente.
Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de noviembre de 2020.- El Presidente, Carlos E. González Pérez.
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