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Documento BOE-B-2020-43443

VILLAJOYOSA

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 24 de noviembre de 2020, páginas 57404 a 57404 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-43443

TEXTO

Doña Elena Parreño Macia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Villajoyosa,

Hago saber:

Que en el presente procedimiento J. Voluntaria 551/2020 seguido a instancia de don Joaquín Baena Picó frente a don David Baena Picó se ha dictado la siguiente resolución cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Admitir a trámite el expediente de jurisdicción voluntaria para la declaración de ausencia de don David Baena Picó, presentado por don Joaquín Baena Picó, representado por la Procuradora doña María Luisa González Lagier, con quien se entenderán las siguientes diligencias.

2.- Señalar la comparecencia del artículo 70 LJV el próximo día dieciséis de diciembre de 2020 a las 9:00 horas. Cítese al solicitante a través de su representación procesal y al Ministerio Fiscal. Cítese a los parientes señalados en la solicitud en el domicilio que consta en la misma esto es: Cítese a don Daniel Baena Picó, a don Raúl Baena Picó, a don Abel Baena Picó y a don Joaquín Baena Montilla en calidad de parientes más próximos del ausente.

3.- Practíquese averiguación del domicilio del ausente a través del punto neutro judicial.

4.- Remítase oficio al Ayuntamiento del último domicilio del ausente para que remitan certificado histórico padronal del mismo.

5.- Publíquese dos veces la resolución de admisión mediante edictos, con intervalo mínimo de ocho días, en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón del Ayuntamiento de Villajoyosa.

6.- Hágase entrega de los edictos anteriormente acordados al Procurador de la parte demandante doña María Luisa González Lagier para su diligenciado y gestión.

7.- Notifíquese la presente resolución a las partes, al Ministerio Fiscal y al ausente en el último domicilio que indica la demanda.

Y para que sirva de notificación con las advertencias contenidas en la misma al demandado, don David Baena Pico, en paradero desconocido, se expide el presente para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su inserción que deberá de aparecer en dos ocasiones, en un intervalo mínimo de ocho días.

Villajoyosa, 2 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Parreño García.

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