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Documento BOE-B-2020-43475

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 24 de noviembre de 2020, páginas 57436 a 57437 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-43475

TEXTO

Luis Durán Alfonso, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 143/2020 Sección: A.

NIG: 0801947120208018731

Fecha del auto de declaración. 30 de octubre de 2020.

Clase de concurso. voluntario consecutivo.

Entidad concursada. Olga María Arnedo González, con 52785343K.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a don Rubén Marín Martínez.

Dirección postal: Calle Aragón nº 282, Principal 1ª, 08007 Barcelona.

Dirección electrónica: concursal@gacgrup.com

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del artículo 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el artículo 294 TRLC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Al día siguiente de la finalización del plazo para la impugnación de la lista de acreedores a que se refiere el artículo 297 TRLC, la Administración concursal deberá presentar, si no hay impugnaciones, un escrito que contendrá los textos definitivos y la solicitud de conclusión del concurso al amparo de los artículos 424 o 493, según se hayan satisfecho o no los créditos contra la masa, en ambos casos con rendición de cuentas.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta13 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 16 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Durán Alfonso.

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