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Documento BOE-B-2020-43773

PONFERRADA

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 26 de noviembre de 2020, páginas 57878 a 57879 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-43773

TEXTO

Edicto.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Doña María de los Ángeles Arias Meneses, Letrado de la Administración de Justicia de Upad de primera instancia e instrucción número dos de Ponferrada por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 231/2018 y NIG n.º 24115 41 1 2018 0001730, se ha dictado en fecha 24 de enero de 2019, Auto de Declaración de concurso Consecutivo de los deudores doña Ana Paula Sousa Leite y don José Luis Barrio Herrero, con D.N.I. n.º 09705522M y 44436346R, con domicilio ambos en la calle Eugenia Milleret, 14, entresuelo b, Ponferrada.

2.º Se ha dispuesto la apertura de la fase de liquidación y se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. La apertura de la fase de liquidación concursal conlleva el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Igualmente por parte del administrador concursal, se ha presentado el correspondiente informe del art. 75 de la LC y el correspondiente plan de liquidación, pudiendo los acreedores impugnar en el plazo establecido en el art. 96 de la LC el informe de la administración concursal. Dichas impugnaciones se tramitarán con arreglo a lo establecido en el art. 191.1 de dicho texto legal. Los acreedores y el deudor podrán en el plazo de diez días hábiles formular alegaciones al plan de liquidación presentado por la administración concursal, pudiendo los acreedores mediante escrito razonado, solicitar la apertura de la sección de calificación concursal.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Don José Luis Alegre Fernández.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Calle Víctimas del terrorismo, 17, León.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: mediacionesconcursalescya@gmail.com.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es

Ponferrada, 20 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Arias Meneses.

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