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Documento BOE-B-2020-43830

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 26 de noviembre de 2020, páginas 57936 a 57936 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-43830

TEXTO

EDICTO

Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento Concurso abreviado número 848/2020, con N.I.G. 28.079.002-2020/0073550 por auto de 22 de noviembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario, y acordada la apertura de liquidación, del deudor NAGI, S.A., con CIF A28343036 calle Torrejón nº 23 de Torrejón de Ardoz 28850.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal designada, Angel Basurto Herrero con domicilio postal en calle Guardia Civil nº 9, 1º E de Burgos 09004, teléfono 947659191, y correo electrónico nagi@iliquidis.com, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 256 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal.

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 del TRLC).

5º.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 23 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.

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