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Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 522/2018 habiéndose dictado en fecha 30 de octubre de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte Dispositiva
Acuerdo: Acuerdo la Conclusión del concurso de doña María Rosario Ramón Lozano y don José Ruiz Bueno, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
Cese en su cargo el Administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas.
Líbrese mandamiento al Registro Civil, al que se adjuntará testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes.
Reconocer a doña María Rosario Ramón Lozano y don José Ruiz Bueno el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio de exoneración alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa.
Sin recurso.
Acuerdo, mando y firmo. Doy Fe.
Valencia, 2 de noviembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.
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