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Documento BOE-B-2020-43942

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 27 de noviembre de 2020, páginas 58186 a 58186 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-43942

TEXTO

Edicto

Doña Ana María Sánchez Castañón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Gijón, por el presente,

Hago Saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Declaración Concurso 117/2020 y NIG número 33024 42 1 2020 0000624, se ha dictado en fecha 18 febrero 2020 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo Voluntario de los deudores don Manuel Ángel Rodríguez Rodríguez, con Documento nacional de identidad número 53541337M, y doña Andrea López Rua, con Documento Nacional de Identidad número 53531907M, teniendo ambos fijado su domicilio en la avenida de Salvador Allende número 3 - 2º código postal 33211, de Gijón.

2º.- Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la ley concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

3º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( artículo 184.3 Ley Concursal ).

4º.- La identidad de la Administración Concursal es don Amalio José Miralles Gómez, con documento nacional de identidad 10.594.263-A, Abogado, con dirección electrónica: mediacionmanuelangelrr@lener.es

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso https://www.publicidadconcursal.es

Y en su cumplimiento y a fin de que se lleve a efecto lo interesado, en virtud de lo establecido en el artículo 23.2 de la ley concursal, libro el presente mandamiento, por duplicado, del que deberá devolver un ejemplar con la nota acreditativa de su cumplimiento o, en su caso, de los motivos que lo impiden, haciéndole constar que el portador de este despacho está facultado para intervenir en su diligenciado.

Gijón, 18 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Sánchez Castañón.

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