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E D I C T O
D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,
Por el presente, hago saber:
1.- Que en la Pieza de Propuesta Anticipada de Convenio 657/2019-1, dimanante del procedimiento de concurso abreviado voluntario número 657/19 de la deudora Lorca Futbol Club, Sociedad Anónima Deportiva con C.I.F. número A-73332645, representada por la Procuradora Doña M.ª Luisa Botia Sánchez, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 12 de noviembre de 2020 sentencia aprobando del convenio de Lorca Futbol Club, S.A.D. presentado en fecha 30 de diciembre de 2019, obrante en autos, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando la administración concursal.
2.- El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe interponerse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de veinte días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Registro Público Concursal.
4.- La misma resolución ha acordado no haber lugar a la formación de la sección sexta.
Murcia, 16 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
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