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Documento BOE-B-2020-46139

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 322, de 10 de diciembre de 2020, páginas 61057 a 61058 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-46139

TEXTO

Edicto

Don Emilio Jose Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid,

Anuncia: Que en este Juzgado se tramita procedimiento número 1265/2020, de solicitud de homologación judicial acuerdo refinanciación, seguido a instancia de la procuradora Señora doña María del Rosario Fernández Molleda en nombre y representación de Europe Tecno Racing, S.L., con CIF B87297008 y domicilio en calle Brañuelas, número 34, C.P.: 28947 Fuenlabrada (Madrid), Ingeniería y Construcciones del Retail, S.L., con CIF B87068763, domicilio en calle Torres del Bierzo, número 30, C.P.: 28947 Fuenlabrada (Madrid), Intercalidad Soluciones Inmediatas Internacionales, S,L., con CIF B86597853, domicilio calle Brañuelas, número 30 P.I. "Cobo Calleja" C.P.: 28947 Fuenlabrada (Madrid), Design Shop, S.A., con CIF A83736645 y domicilio en calle Brañuelas, número 30 P.I. "Cobo Calleja" C.P.: 28947 Fuenlabrada (Madrid), AMC Company Wood, S.L., con CIF B88278205, domicilio calle Brañuelas, número 29 C.P.: 28947 Fuenlabrada (Madrid), Mavi Metalistería, S.L,, con CIF B80819766, domicilio calle: Brañuelas, número 30 P.I. Cobo Calleja C.P.: 28947 Fuenlabrada (Madrid) solicitud de homologación del acuerdo de refinanciación recogido en escritura pública el día 7 de abril de 2020 ante el notario de Getafe (Madrid) Don Joaquín Fernández-Cuervo Infiesta con número de protocolo ciento cincuenta y siete, se ha dictado por el Magistrado-Juez Don Jorge Montull Urquijo en fecha 17 de noviembre de 2020 auto cuya parte dispositiva establece:

Se homologa el acuerdo de refinanciación alcanzado por las deudoras Design Shop, S.A., Mavi Metalistería, S.L., Ingeniería y Construcciones del Retail, S.L., Intercalidad Soluciones Inmediatas Internacionales, S.L., Europe Tecno Racing, S.L., y Amc Company Wood, elevado a escritura pública otorgada en fecha 7 de abril de 2020 ante el Notario de Madrid don Joaquín Fernández-Cuervo Infiesta.

Se acuerda la extensión de los efectos del Acuerdo homologado a los acreedores financieros Abanca Corporación Bancaria, S.A., Mytriplea Financiación PFP, S.A., e Ibercaja Banco, S.A., en los términos interesados en el escrito de solicitud.

Notifíquese esta resolución a la entidad solicitante, y publíquese mediante anuncio insertado en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado, por medio de un extracto que contendrá los datos previstos en el art. 615 TRLC.

Dentro de los quince días siguientes a la publicación, los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo podrán impugnarla. Los motivos de la impugnación se limitarán exclusivamente a la concurrencia de los porcentajes exigidos y a la valoración del carácter desproporcionado del sacrificio exigido. Todas las impugnaciones se tramitarán conjuntamente por el procedimiento del incidente concursal, y se dará traslado de todas ellas al deudor y al resto de los acreedores que son parte en el acuerdo de refinanciación para que puedan oponerse a la impugnación.

En caso de no cumplir el deudor los términos del acuerdo de refinanciación, cualquier acreedor, adherido o no al mismo, podrá solicitar, ante el mismo juez que lo hubiera homologado, la declaración de su incumplimiento, a través de un procedimiento equivalente al incidente concursal, del que se dará traslado al deudor y a todos los acreedores comparecidos para que puedan oponerse a la misma.

No podrá solicitarse otra homologación por el mismo deudor en el plazo de un año. Así lo acuerdo, mando y firmo.

Por el presente y en virtud de lo ordenado en auto de fecha 17 de noviembre de 2020 se expide el presente para su publicación de conformidad artículo 615 TRLC.

Madrid, 17 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.

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