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Documento BOE-B-2020-46241

Resolución de la Generalitat de Catalunya, de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento en Lleida, por la que se otorga a la empresa Edistribución Redes Digitales, S.L.U., la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, para la instalación de una nueva posición de transformador TR3 110/25 kV, de 30 MVA, y reforma del parque de 25 kV, en la subestación SE Adrall, en el municipio de Ribera d'Urgellet (expediente núm. 25-00011158-2018, y núm. de referencia A-13418-RSE).

Publicado en:
«BOE» núm. 322, de 10 de diciembre de 2020, páginas 61263 a 61266 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2020-46241

TEXTO

La empresa Edistribución Redes Digitales, S.L.U., con NIF núm. B82846817, y domicilio social en la calle Ribera de la Loira, núm. 60, 28042 Madrid, ha solicitado ante los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento de Lleida, la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la reforma y ampliación de la subestación SE Adrall.

En cumplimiento de los trámites establecidos en el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, el título 7 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico, y el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23, dicha solicitud ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC núm. 7824, de 6.3.2019, y en el BOE núm.170, de 17.7.2019.

La empresa peticionaria aporta una licencia urbanística del ayuntamiento de Ribera d'Urgellet.

Cumplidos los trámites administrativos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y Procesal de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

- 1 Conceder a la empresa Edistribución Redes Digitales, S.L.U., la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación de una nueva posición de transformador TR3 110/25 kV, de 30 MVA, y reforma del parque de 25 kV, en la subestación SE Adrall.

- 2 Aprobar el proyecto de ejecución antes mencionado, con las siguientes características técnicas:

Se ampliará el parque de 110 kV con la instalación de una posición de transformador TR3, instalación de un nuevo transformador de potencia TR3 110/25 kV, de 30 MVA, y reforma del parque de 25 kV, con el fin de mejorar la calidad y continuidad del suministro eléctrico.

Actualmente existe un regulador 25/25 kV, de 5 MVA, codificado con TR3, situado en el interior de un edificio. Se recodificará el TR3, pasando a ser TR5. La codificación TR3 que quedará vacante, se asignará al nuevo transformador de potencia.

B.1) Parque de 110 kV:

Se instalará una posición de transformador TR3 en la posición de la línea vacante 665 del parque de 110 kV.

Transformador de potencia 110/25 kV, de 30 MVA (TR3). La nueva posición reformada se llamará 633.

B.2) Parque de 25 kV:

Construcción de una caseta prefabricada para almacenar un nuevo parque de 25 kV, que consta de cabinas MT blindadas SF6, de simple barra marca MESA, según norma SND014, formada por las siguientes posiciones:

1 celda de línea: L/SOS.FECSA.

1 celda de transformador: TR5 (regulador 25/25 kV, de 5 MVA).

1 celda de transformador: TR3 (nuevo transformador 110/25 kV, de 30 MVA).

B.3) Zona de transformación:

La nueva posición del transformador estará formada por:

1 seccionador tripolar de barras.

1 Interruptor tripolar SF6.

3 transformadores de intensidad.

3 aislantes de soporte.

1 transformador de potencia con las siguientes características:

Tensión nominal AT 110 kV

Tensión nominal BT 25 KV

Potencia ONAF 30 MVA

Potencia ONAN 21 MVA

Grupo de conexión Yd11

Clase de refrigeración ONAN-ONAF

Masa de aceite 5.500 kg

Masa total 55.400 kg

El aparellaje descrito se fabricará de acuerdo con la norma GE SNE022.

B.4) Características asignadas a la reactancia de conexión de tierra:

La conexión del transformador TR3 será de estrella-triangulo, por lo que será necesario instalar una nueva reactancia trifásica de conexión de tierra, de acuerdo con la norma SND011, de las siguientes características:

Tensión nominal de la red 25 kV

Tensión máxima asignada 36 kV

Intensidad de defecto asignada 500 A

Refrigeración ONAN

Masa de aceite 475 kg

Masa total 2.060 kg

Ubicación: C-1313 de Lleida a Puigcerdá, dentro del municipio de Ribera d'Urgellet.

Finalidad: ampliación de la instalación actual para mejorar la calidad y continuidad del suministro eléctrico.

Presupuesto: 410.000,00 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa antes mencionada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sujeta a las siguientes condiciones especiales:

-1. Las instalaciones deben llevarse a cabo de acuerdo con el proyecto técnico presentado, firmado por el ingeniero técnico industrial Sr. José Pedro Díaz Rius, colegiado núm. 16.868, del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, y visado el 27 de julio de 2018, con el núm. FE034271-R01, que ha servido de base para la tramitación del expediente con las variaciones que, en su caso, se soliciten i se autoricen.

-2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica están sujetos a lo dispuesto en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, y a sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23, aprobadas por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

-3. La empresa propietaria será responsable del uso, conservación y mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad requeridas por la normativa vigente.

-4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años a partir de la fecha de recepción de esta Resolución por el titular de la instalación.

-5. Los Servicios Territoriales de Lleida podrán realizar los controles y pruebas que consideren necesarios durante las obras y cuando estén terminados, en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de la presente Resolución.

-6. Para ello, el propietario de la instalación notificará al citado órgano administrativo del inicio de las obras, las incidencias dignas de mención durante el tiempo que duren y también la finalización.

En la comunicación del final de las obras, deberá ajustarse el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado, que ha sido conforme a las normas y disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas que se hayan realizado.

-7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa para las causas establecidas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en caso de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que se le imponen.

En este caso, la Administración, con la instrucción previa del expediente correspondiente, acordará la cancelación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativa y civil derivada de la misma, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

-8 Esta autorización se concede sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras e instalaciones aprobadas.

En contra de la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Lleida, 1 de diciembre de 2020.- Director de los Servicios Territoriales de Lleida, Ramon Alturo Lloan.

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