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Documento BOE-B-2020-47534

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 328, de 17 de diciembre de 2020, páginas 63077 a 63077 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-47534

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n,º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento n,º 950/2020 (NIG 2906742120200038985 ) por auto de fecha 3 de diciembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor EUROPEAN RESORTS & HOTELS, S.L,. con CIF n.º B92968205, con domicilio en Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

3º.- Que la administración concursal la integra la sociedad ROBLES DÍAZ ASESORES, S.L.P., con CIF n.º B92045053., con domicilio y dirección postal en Málaga, Plaza Uncibay, 8, 2.º, 8, CP 29008, Teléfono: 952 217 346, y con dirección de correo electrónico concursoeuropeanresorts@rdasesores.com que designa a los efectos de comunicación de créditos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo y que reúne los requisitos del artículo 63.4 TRLC es D. JUAN CARLOS ROBLES DÍAZ, con D.N.I. 33370407Y.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 10 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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