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Documento BOE-B-2020-4817

POZOBLANCO

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2020, páginas 6287 a 6288 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-4817

TEXTO

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña AMELIA VIZCARRO CEREZO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mixto número 1 de Pozoblanco, por el presente,

Se hace saber:

Que en este Juzgado se sigue Concurso Consecutivo con el número 92/2018, a instancia de EMIL PRIVU y SIMONA MARIANA PIRVU, representados por la Procuradora doña Beatriz Madrid Soriano.

En dicho procedimiento, con fecha 21 marzo 2018, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva contiene particulares del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

1º.- Declarar en concurso a Emil Pirvu con NIE X9151112-X y a Simona Mariana Pirvu con NIE X9151140-S, de nacionalidad rumana ambos, casados en régimen de sociedad de gananciales y con domicilio en la finca Los Aljibes de la Chimorra, carretera Villa Harta Pozoblanco, kilómetro 23.107 de la localidad de Pozoblanco (Córdoba) toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia, con la apertura de la fase de liquidación que se llevará a cabo en resolución aparte.

2º.- Notifiquese la presente resolución a los concursados, haciéndoles saber que deberán personarse asistidos de Letrado, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones.

3º.- Considerar el concurso con el carácter de consecutivo abreviado siguiendo su tramitación conforme establece el art. 242 de la Ley Concursal.

4º.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de los deudores quedan suspendidas.

5º.- La Administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por el mediador concursal:

- Don Francisco Vázquez Romero, Abogado y economista, con DNI 30511725V y domicilio en la avenida Ronda de los Tejares nº 16, portal 1, piso 5º A de Córdoba.

(... )

10.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica señalados a efectos de comunicaciones serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo.

(... )

12.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Pozoblanco, 7 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Amelia Vizcarro Cerezo.

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