Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del TRLC, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1641/2020, con NIG: 28.079.00.2-2020/02112983, por Auto dictado en fecha 21 de diciembre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Ibernegocios, S.A., con CIF: A78407897.
2º.- Que la mercantil Ibernegocios, S.A., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 5ª del 465 TRLC.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 21 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
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