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Documento BOE-B-2020-49901

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 341, de 31 de diciembre de 2020, páginas 66215 a 66216 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-49901

TEXTO

Luis Duran Alfonso, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1481/2020 Sección: A

NIG: 0801947120208013239

Fecha del auto de declaración. 17/12/2020.

Clase de concurso. Consecutivo.

Persona concursada. Dª Judith Pérez Estapà, mayor de edad, con DNI número 43.416.109-K y domicilio en C/ Narcis Monturiol, 136 A,1-2, Vilassar de Mar, Barcelona (08340)

Se ha acordado la tramitación coordinada con el Concurso consecutivo 1480/2020-A

Administradores Concursales.

Se ha designado como Administrador Concursal a: D. Borja Pardo Ibáñez. Dirección postal: C/ Muntaner, 340, 2.º 2.ª de Barcelona (08021), teléfono 93 531 16 16, fax 93 531 16 18.

Dirección electrónica: bpardo@lexben.es

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de UN MES a contar desde la publicación.

Conforme al 710 TRLC los titulares de créditos que hubieran suscrito el Acuerdo Extrajudicial de pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el reconocimiento de los mismos.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 – Barcelona y es la facilitada por el deudor.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles, mediante la presentación de un escrito, al que adjuntarán los correspondientes poderes, o mediante designación apud acta en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 LC.y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días en el sentido que se recogen en los arts. 297 ss TRLC. Y 713 TRLC

Se tiene por presentado plan de liquidación por parte del mediador concursal y se procede asimismo a efectuar el traslado a los acreedores por diez (10) días para proponer su modificación o efectuar observaciones.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán lasresoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 21 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Durán Alfonso.

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