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Documento BOE-B-2020-49909

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 341, de 31 de diciembre de 2020, páginas 66225 a 66226 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-49909

TEXTO

Luis Durán Alfonso, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1610/2020 Sección: A

NIG: 0801947120208019351

Fecha del auto de declaración. 18/12/2020

Clase de concurso. Consecutivo (sin masa).

Persona concursada. JOSEFA RODRIGUEZ TRINIDAD, con DNI. número 52140492K,

con domicilio en calle Alfons Sala, 43 2.º 1.ª 08202 de Sabadell.

Se ha acordado la tramitación coordinada con el Concurso consecutivo 1611/2020-A

Administradores Concursales.

Se ha designado como administrador concursal a: Jose Maria Fabregat Vila. Dirección postal: Calle Bruc 94, entresol 3ª, 08009 - Barcelona.

Dirección electrónica: jfabregat@fabregatslp.com

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Conforme al 710 TRLC los titulares de créditos que hubieran suscrito el Acuerdo Extrajudicial de pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el reconocimiento de los mismos.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 – Barcelona y es la facilitada por el deudor.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles, mediante la presentación de un escrito, al que adjuntarán los correspondientes poderes, o mediante designación apud acta en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 LC.y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días en el sentido que se recogen en los arts. 297 ss TRLC. Y 713 TRLC

Se tiene por emitido por el mediador concursal informe sobre la improcedencia de presentación de un Plan de Liquidación para la realización de los bienes de la concursada por carecer de bienes en su masa activa, dando traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para efectuar alegaciones.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 21 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Durán Alfonso.

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