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Documento BOE-B-2020-7880

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2020, páginas 10207 a 10207 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-7880

TEXTO

E D I C T O

D./Dª. Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en Sección I declaración concurso 0000074 /2020 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 14 de Febrero de 2020 auto de declaración de concurso de la mercantil Agercult S.L.P. con Cif B-73725020 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Viñas, número 30 de Ceutí (Murcia)

Asimismo, en fecha 14 de Febrero de 2020 se ha dictado auto de apertura de la fase de liquidación de la mercantil Agercult S.l.p

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Alyal 2011 s.l.p, Cif B-54599873

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Calle Infanta Elena, número 13, 3º-M (30007-Murcia)

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: concursoagercult@alonsosaura-abogados.com

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- Las resoluciones que traigan causa de este concurso y deban ser objeto de publicación de acuerdo a la Ley podrán ser consultadas en la página web del Registro Público Concursal.

Murcia, 18 de febrero de 2020.- La Letrada de la administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

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