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En el BOE nº 75 de fecha 29 de marzo de 1995 se publicó la resolución por la que se hacía publica la concesión administrativa otorgada a Club Náutico Portixol, con destino a la legalización de obras de reforma y ampliación del edifico social del Club puerto de Palma. En dicha publicación se hacía constar la información relativa a las condiciones de la concesión de acuerdo con el art. 85.7 del TRLPEMM. Como complemento de dicha información, se hace saber que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 23 de Octubre de 2019 y, en virtud de lo expuesto en el artículo 33.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, a tenor de lo reseñado en el artículo 31.2.b) de dicha norma legal, y en aplicación a lo recogido en el artículo 30.5, apartados s) del citado Texto Refundido.
Acordó aprobar el "Reglamento de explotación y policía de la concesión otorgada al Club Náutico Portixol en el puerto de Palma (148-COP)".
Este Reglamento será publicado en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Baleares, accesible desde www.portsdebalears.com
Palma de Mallorca, 18 de febrero de 2020.- Director, Juan Carlos Plaza Plaza.
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