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Documento BOE-B-2020-8591

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2020, páginas 11106 a 11106 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-8591

TEXTO

Doña María Isabel Benítez Ortiz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Valladolid, por el presente,

Hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con Sección I Declaración Concurso número 1012/2019, se ha dictado en fecha 15 de noviembre de 2019 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo Voluntario de los deudores doña María del Pilar Barrero Callejas y don Hilario González Salgado, con DNI n.º 12188794J y 00532033C, con domicilio en Calle Carretera de Rueda, número 47-1.º A, Valladolid, rectificado por Auto de fecha 16 de enero 2020.

2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre sus bienes y derechos.

3.º- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a los previsto en el art. 85 de la Ley Concursal, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º- La identidad de la Administración Concursal es la siguiente: Miguel Mambrilla Rubio. La dirección postal de la Administración Concursal es Calle Santa María, número 10, 1.º derecha, Valladolid. La dirección electrónica de la Administración Concursal es mabrillaabogado@icava.org.

5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 20 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Benítez Ortiz.

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