EDICTO
Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
En el procedimiento Concurso ordinario 798/2013 sobre el deudor Progreso Arganda Sociedad Cooperativa Madrileña, con CIF; F84907732, se dictó un auto de fecha 11/02/20 por el que se ha declarado concluso por inexistencia de bienes.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora Progreso Arganda Sociedad Cooperativa Madrileña, con CIF; F84907732, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Cooperativas a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 11 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
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