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Documento BOE-B-2020-8722

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2020, páginas 11282 a 11282 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-8722

TEXTO

 

 

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración concurso 358/2018 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 25 de enero de 2020 auto de declaración de concurso Raresdova S.L., con cif B15822737, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Ángel Senra s/n O Burgo 15189 Culleredo, A Coruña.

2º.- Se ha acordado la suspensión a la sociedad de capital Raresdova S.L del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad del Administrador Concursal es la siguiente: José Manuel Carnota García al cual le ha sido comunicado su nombramiento de administrador concursal el cual acepto el cargo y que designa como domicilio para notificación en la calle Menéndez Pelayo, 4, 1º e, La Coruña, y correo electrónico carnotaabogados@carnotayasociados.com

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

A Coruña, 3 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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