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Documento BOE-B-2020-9499

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2020, páginas 12186 a 12186 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-9499

TEXTO

E D I C T O

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, Hace saber:

Que en este Juzgado y con el núm. 110/2019-c- se siguen autos de Concurso voluntario de Crece Labora sl, en los que, por Auto, ya firme, de 20.02.2020 se ha decretado la conclusión del concurso, al amparo del artículo 152 de la L.C.; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Crece Labora Sl, con C.I.F. B 94085164 y domicilio social en Lugar de Cruceiro nº 13, Salcedo, Pontevedra. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Tomo y Libro 3887, Folio 20, Sección 8ª, Hoja po-55140, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad CRECE LABORA SL y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC)

Y como consecuencia del ignorado paradero de, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pontevedra, 20 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

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