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Documento BOE-B-2020-9705

HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2020, páginas 12508 a 12508 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-9705

TEXTO

Edicto

EL Juzgado Mercantil (Huelva)

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 30/18 referente al deudor D.ª María de los Ángeles Hernádez Gómez, por Auto de fecha 21 febrero de 2018 se ha acordado lo siguiente:

1.-Conceder a D.ª María de los Ángeles Hernádez Gómez el beneficio de exoneración de deudas solicitado.

2.-El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo concursal no satisfecho por el concursado.

3.-El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración son los créditos no satisfechos de la lista de acreedores que figura en autos.

4.-El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el párrafo primero del art. 178 bis 7, párrafo primero.

5.-La conclusion del concurso de doña María de los Ángeles Hernádez Gómez cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

6.-Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada su rendición de cuentas.

Huelva, 24 de febrero de 2020.- La letrada de la Administración de Justicia, Cinta Ruiz Hernández.

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