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Documento BOE-B-2020-9715

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2020, páginas 12518 a 12518 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-9715

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, anuncia:

Que en el concurso voluntario abreviado 893/2014 seguido a instancia del procurador Sra. Rouanet Mota en nombre y representación de la concursada Licores Lluva, S.L. con CIF B-80777618 se ha dictado sentencia de convenio, que acuerda los siguientes extremos:

1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por LICORES LLUVA SL. que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con lo efectos establecidos en los artículo 133 a 136 de la LC. En consecuencia:

- Se declara el cese de todos los efectos de la declaración del concurso, quedando sustituidos por los establecidos en el convenio aprobado, salvo de los deberes del deudor de comparecer ante este juzgado cuantas veces sea requerido y de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento.

- Se declara el cese de la administración concursal. No obstante, conservará plena legitimación para continuar los incidentes en curso en los términos expresados en el apartado 3 del artículo 133 LC.

La administración concursal deberá rendir cuentas de su actuación en el plazo de 1 mes.

- El deudor deberá informar al juzgado, semestralmente, acerca del cumplimiento del convenio.

- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella los testimonios de la solicitud de declaración del concurso, la documentación aportado por el deudor, el auto de declaración del concurso y el informe de la administración. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 20 de diciembre de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Rodriguez Fernández.

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