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Documento BOE-B-2020-9856

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 2020, páginas 12791 a 12792 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-9856

TEXTO

EDICTO

Rafael Huerta Garcia, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 259/2020 Sección: E

NIG: 0801947120198029576

Fecha del auto de declaración. 13 de febrero de 2020

Clase de concurso. voluntario abreviado.

Entidad concursada. Carla Martí Collell, con 45859351L.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

DAVID GÓMEZ ZARAGOZA.

Dirección postal: Calle Gran Via Corts Catalanes 645, 6º 2ª, 08010 - Barcelona Dirección electrónica: dgomez@mercatoria.es

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación.

Se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC).

La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 24 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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