BDNS(Identif.):497977
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Objeto:
Regular el procedimiento de concesión de ayudas para la financiación de acciones de fomento de la investigación científica de excelencia, María de Guzmán, destinadas a impulsar y favorecer la investigación de excelencia promoviendo el uso de bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto que permitan una óptima gestión y medición de resultados de investigación.
Segundo.- Solicitantes y beneficiarios:
Podrá ser solicitante y beneficiaria de las ayudas, las entidades indicadas en el apartado 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España.
Tercero.- Presupuesto de la convocatoria:
El importe global máximo que, con carácter estimativo, se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la convocatoria es de 2.892.000 € (DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL EUROS), con cargo al presupuesto 2019 del Programa de Recursos Científicos de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P (FECYT). La concesión de ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Cuarto.- Dotación presupuestaria máxima:
Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del ochenta y cinco por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada. En el caso de que el beneficiario presente para su financiación la suscripción a varias bases de datos de estas características, solo se financiará hasta el límite del 85% de la suscripción de mayor coste. Sólo se admitirá para su evaluación una solicitud por entidad solicitante.
Quinto.- Plazo:
El plazo para elevar a definitiva una solicitud en el sistema telemático de participación se extenderá desde las 09:00 horas (hora peninsular española) del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y finalizará el 02 de abril de 2020 a las 13:00 horas (hora peninsular española). Solo se entenderá debidamente presentada aquella solicitud que, tras ser elevada a definitiva, haya sido firmada electrónicamente por parte de el/los representante/s legal/es de la/s entidad/es solicitante/s antes de las 13:00 horas (hora peninsular española) de 02 de abril de 2020
Sexto.- Órgano de resolución:
El Patronato de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), u órgano en quien delegue, previa autorización del órgano competente del Ministerio de Ciencia e Innovación, conforme a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimosexta, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Madrid, 28 de febrero de 2020.- La Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT), Paloma Domingo García.
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