Doña. Carmen Moreno Martinez, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo. Primera Instancia N.º 6 de Valladolid, se ha dictado auto en fecha 8/02/2021 en relación con el presente concurso. Cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva
Conceder provisionalmente a D.ª Catalina Lopez Canales y D. Domingo Bernardo Carrasco el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho y aprobar el plan de pagos en los términos de la propuesta, sin que en ningún caso el periodo de cumplimiento pueda ser superior a cinco años.
Acordar la conclusión del concurso de D.ª Catalina Lopez Canales y D. Domingo Bernardo Carrasco, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
Cese en su cargo el administrador concursal.
Líbrese mandamiento al Registro Civil y a los Registros de la Propiedad donde esté inscrita la declaración de concurso para que haga constar que se ha procedido a su conclusión y al Registro Público Concursal para que conste la exoneración provisional del pasivo insatisfecho por plazo cinco años.
Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.
Publíquese mediante anuncios que se fijarán en los estrados de este Juzgado.
Contra este auto no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma D.ª M.ª Evelia Marcos Arroyo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Valladolid.
Valladolid, 23 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, M. del Carmen Moreno Martinez.
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