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Documento BOE-B-2021-10403

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2021, páginas 13369 a 13370 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-10403

TEXTO

Edicto

José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1786/2020 Sección:F

NIG: 0801947120208022006

Fecha del auto de declaración. 10 de febrero de 2021.

Clase de concurso. Voluntario consecutivo.

Entidad concursada. David Castañe Callis, con NIF 33937884G.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: ALFER CONCURSAL, S.C.P., quien designa a Joan Alís Gabernet.

Dirección postal: calle Julián Romea, 6, despacho 4 (08006) Barcelona.

Dirección electrónica: joanalis@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Informe y Plan de Liquidación:

a) Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 LC. y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días en el sentido que se recogen en los arts. 297 ss TRLC.

b) Se tiene por efectuadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Dése traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

c) Al día siguiente de la finalización del plazo para la impugnación de la lista de acreedores a que se refiere en art. 297 TRLC, la Administración concursal deberá presentar, si no hay impugnaciones, un escrito que contendrá los textos definitivos y la solicitud de conclusión del concurso al amparo de los arts. 424 o 493, según se hayan satisfecho o no los créditos contra la masa, en ambos casos con rendición de cuentas.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecen en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 10 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

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