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Documento BOE-B-2021-13258

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2021, páginas 16985 a 16985 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-13258

TEXTO

Edicto.

D.ª María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º451/2020, N.I.G. 26089 42 1 2020 0002925 Concurso Consecutivo relativo a los deudores D. FRANCISCO MANUEL MARTÍNEZ PERALES CON D.N.I. N.º 16023166-D Y DÑA. BRÍGIDA PATIACA NAVARRO CON D.N.I. N.º 72678315-V y domicilio ambos en Avda. de Zaragoza n.º 120 – 3- 1.ºc de Alfaro- La Rioja, se ha dictado Auto con fecha 15/03/2021, cuya parte dispositiva literalmente copiada, dice:

Acuerdo la conclusión del concurso de FRANCISCO MANUEL MARTÍNEZ PERALES Y BRÍGIDA TAPIACA NAVARRO cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

Cese en su cargo el Administrador Concursal, aprobándose las cuentas formuladas.

Líbrese mandamiento al Registro Civil de Zaragoza y de Pamplona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes.

Reconocer a FRANCISCO MANUEL MARTÍNEZ PERALES Y BRÍGIDA TAPIACA NAVARRO el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo no satisfecho por el concursado, incluido el crédito público.

El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación. La extinción de los créditos no alcanza a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.

Además, póngase el archivo en conocimiento de los Juzgados de Primera Instancia de este partido judicial mediante la oportuna comunicación.

Notifíquese esta resolución a todos los personados, a la concursada y a la Administración Concursal.

Procédase a la publicación del correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el «Boletín Oficial del Estado», y en el Registro Público Concursal (www.publicidadconcursal.es).

Contra este auto se puede interponer recurso de reposición.

Logroño, 15 de marzo de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

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