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Documento BOE-B-2021-1355

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2021, páginas 1882 a 1882 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-1355

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Badajoz, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 376/2020 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 11/Enero/2021 Auto de Declaración de concurso abreviado voluntario DE TABERNA DEL PELÍCANO, S.L.U., con CIF B06710388, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Badajoz, calle Fernández de la Puente nº 1, 1º. Señala como domicilio a efectos de notificaciones calle Rodrigo Dosma nº 3, 4 B 06001 de Badajoz.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercía el deudor. Se nombrado como Administrador concursal al Letrado don PEDRO DÍAZ AUNION, con NIF 8806904C, en calidad de representación de la sociedad INSTITUTO CONCURSAL, S.L.P., con CIF B06612568, con domicilio profesional en calle MÁRTIRES 24-26 de ALMENDRALEJO de correo electrónico concursotabernadelpelicano@institutoconcursal.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512.1 y 2 TRLC).

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es

Badajoz, 11 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucia Peces Gómez.

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