Dª Alicia De La Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 1 de Girona,
Hago saber:
Que en el Concurso Necesario Abreviado núm. 1264/2018 sección B, se ha acordado mediante Auto de fecha 4 de marzo de 2021 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del procedimiento concursal de la mercantil Eurovisión Siglo XXI, S.A., con domicilio social sito en calle Alzina, número 46, Urbanización de Aiguaviva Park, de la población de Vidreres, CP 17411 (Girona), provista de número de CIF núm. A-17.438.078 y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.
En cumplimeinto del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 35.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal (en adelante TRLC).
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 482 del TRLC en relación con el art. 35.2 del TRLC, expido el presente en
Girona, 8 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia De La Torre Duñaiturria.
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