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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 19 de febrero de 2021, ha acordado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5. letra n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, (TRLPEMM), en relación con el artículo 88 TRLPEMM el siguiente acuerdo:
- Aprobar la modificación sustancial de la concesión otorgada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón en sesión de 20 de diciembre de 2019 a favor de A. PÉREZ Y CÍA para Ocupación de local L.TP.1.1.10 (208,14 m2) - Taller Electromecánico - Frente al Edificio de Oficinas de la APG en el puerto, consistente en la ampliación del objeto de la concesión a la prestación del servicio comercial de consignación de Buques en el Puerto de Gijón.
La prestación del servicio estará sujeta a una tasa de actividad del 10% sobre el volumen de negocio, estableciéndose un tráfico mínimo de 5.500€/año.
Lo que se hace público para general conocimiento.
EXP2018/007677
Gijón, 19 de marzo de 2021.- El Presidente, Laureano Lourido Artime.
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