El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 19 de febrero de 2021, ha acordado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5. letra n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, (TRLPEMM), en relación con el artículo 88 TRLPEMM el siguiente acuerdo:
- Aprobar la modificación sustancial de la concesión otorgada, por el Consejo de Administración de la APG, en la sesión de 20 de diciembre de 2019, a favor de VAPORES SUARDÍAZ NORTE, S.L., para la ocupación de los locales L.EII.11.9/22/23/30 y 32 en el edificio denominado Centro de Empresas Portuarias 1, con destino a la gestión de tráficos vinculados al Puerto de Gijón, consistente en la ampliación del objeto de la concesión a la prestación de los servicios comerciales de: Inspección de contenedores y consignación de buques en el Puerto de Gijón.
La prestación de los servicios comerciales estará sujeta a las siguientes tasas:
- Servicio comercial de inspección de contenedores: 1 €/inspección.
- Servicio comercial de consignación de buques: 0,1% del volumen de negocio desarrollado en la actividad de consignación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
EXP2019/002129
Gijón, 19 de marzo de 2021.- El Presidente, Laureano Lourido Artime.
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