Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-15664

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2021, páginas 20076 a 20076 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-15664

TEXTO

Edicto

"Doña María del Coro Valencia Reyes, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil numero uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado nº169/2013, de la persona física doña Carmen Blanca Orive Rodríguez nif42003352Q se ha dictado Auto nº147/2021 de Fecha 16 de marzo de 2021 cuyos puntos principales es del tenor literal siguiente:

1.- Ratifico la Conclusión del concurso de doña Carmen Blanca Orive Rodríguez. En consecuencia, acuerdo el archivo de las actuaciones.

2.- Apruebo la rendición de cuentas presentadas por la Administración concursal.

3.- Acuerdo el Cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

4.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos.

5.- Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

6.- Igualmente procede librar exhorto al Registro Civil de nacimiento de la concursada, donde se inscribió la declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración al ser firme la presente resolución.

7.- Notifiquese la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el registro público concursal y, por medio de edicto en el Boletín Oficial del Estado.

8.- Remitase testimonio de la presente resolución a la sección segunda del presente concurso, en los términos del artículo 479.6º del TRLC. Se deduce testimonio del presente para su unión a todas las secciones del concurso.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo dispone y firma doña Elena Fraile Lafuente, Juez de Adscripción Territorial de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Santa Cruz de Tenerife.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo la presente."

Santa Cruz de Tenerife, 17 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María del Coro Valencia Reyes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid