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Documento BOE-B-2021-16451

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2021, páginas 21074 a 21074 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-16451

TEXTO

Dª. Carmen Montaner Zueras, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Zaragoza, por el presente,

Hago Saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Concurso Consecutivo 1136/2019 y NIG nº 50297 42 1 20190017481, se ha dictado en fecha 10 de marzo de 2020 Auto de Declaración De Concurso Consecutivo Necesario y de apertura de la fase de liquidación de los deudores JOSE MARIA MAINAR SOPESENS, NIF 17.197.551-Z, y MARIA OLGA MAJARENA GONZALEZ, NIF 17.702.702-Q, con domicilio en Zaragoza, y en fecha 20 de noviembre de 2020, diligencia de ordenación continuando el concurso como única demandante Dña. MARIA OLGA MAJARENA GONZALEZ, debido al fallecimiento de JOSE MARIA MAINAR SOPESENS.

2º.- Se ha designado, como Administración concursal a D. Antonio José Berrueta Elias, economista, con domicilio en Zaragoza, Avenida Cesáreo Alierta, 57, principal C, con correo electrónico berrueta@codeasesoria.com.

3º.- Las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio han quedado suspendidas, siendo sustituido por el Administrador concursal.

4º.- Se ha acordado llamar a todos los acreedores de la concursada para que en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOE, comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad de los acreedores, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Zaragoza, 30 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Carmen Montaner Zueras.

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