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Documento BOE-B-2021-16514

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2021, páginas 21138 a 21138 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-16514

TEXTO

Doña Jara Naya Alfranca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil n.º 1 de Teruel, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la ley Concursal, hace saber:

1.º- En Procedimiento Concursal seguido en este órgano judicial con n.º 94/2021, nig. 44216-41-1-2021-000032718, se ha dictado, en fecha 18 de marzo de 2021, auto declarando en concurso consecutivo a D. Rafael Juan Millán Gómez (18433292B), que tiene carácter de voluntario y se tramitará tomando en consideración lo prevenido para el procedimiento abreviado con las especialidades contempladas en la Sección 2.ª del Capítulo 4.º, del Título 4.º, del Libro 2.º del Texto Refundido de la Ley Concursal.

En dicho auto se ha acordado la Apertura de la fase de liquidación, así como la suspensión del ejercicio de las facultades de Administración y disposición del concursado sobre la masa activa, con los efectos establecidos, en lo que resulte aplicable, en el título 3º del Libro 1º del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Se ha nombrado Administrador del concurso, a quien ha sido mediador concursal, D. Juan Martínez-Medina Amat.

2.º- Por el presente se llama a los acreedores de la concursada para que comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma prevista en el art. 256 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal y plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOE. No obstante, antes de la presentación de la lista definitiva, se podrán presentar nuevas comunicaciones de créditos (art. 268.1 trlc).

Para ello se ha facilitado como dirección postal c/ Colón, 20-4-8b de Valencia y como dirección electrónica juanmma@economoiuris.com. Teléfono: 963636905.

Los titulares de créditos que hubieran suscrito el acuerdo extrajudicial de pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el reconocimiento de los mismos (art. 710 trlc).

3.º- Se hace saber a los acreedores que se ha presentado informe y que podrán impugnar el mismo en el plazo de diez días (art. 713 trlc) a contar desde la última publicación. Asimismo, se hace saber a los acreedores que se ha presentado plan de liquidación y solicitado el beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho.

4º.- Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 512 trlc).

5º.- La dirección electrónica del registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.publicidadconcursal.es

Teruel, 30 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.

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