Edicto.
Dª Adela Moreno Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 500/2008 referente al concursado Construcciones Edisan, S.A., con CIF: A78369501, por Auto de fecha 27 de enero 2021 se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar rescindido el convenio aprobado por sentencia de fecha 23 de diciembre de 2015 y decretar apertura de la liquidación de Construcciones Edisan, S.A. para lo que se formará sección 5 de liquidación encabezada con testimonio de la presente resolución.
2.- Reponer a la Administración concursal integrada por D. Javier Díaz Gálvez de la Cámara, D. Benito Agüera Marín y D. Alfonso Gómez Bilbao.
3.-Declarar disuelta la soceidad Construcciones Edisan, S.A. cesando en sus funciones los administraciones, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.-Ordenar la formación de la sección sexta.
5.-Inscribir la apertura de la fase de liquidación en los Registros en los que se hizo costar la declaración de concurso y tramites sucesivos.
6.-Declarar vencidos anticipadamente los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
7.-Publicar esta resolución en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO en la forma prevista para la declaración de concurso.
8.-Notificar la presente resolución a la concursada, partes personadas y a los cesados integrantes de la administración concursal.
9.- Se señala la siguiente cuenta de correo electrónico para la comunicación de créditos: comunicacionesdecreditos@grupofgm.com
Dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 12 de marzo de 2021.- La Letrada de la Admón. de Justicia, D.ª Adela Moreno Blanco.
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